lunes, 4 de octubre de 2010

Art. 82 - Funciones de los Auxiliares de Enfermería en el Servicio de Farmacia

Art. 82 del Estatuto: Las funciones de las Auxiliares de Enfermería en la Farmacia son:
1)            Colaborar con el Personal Auxiliar Sanitario Titulado o Auxiliar de Farmacia en la ordenación de los preparados y efectos sanitarios.
2)            Contribuir al transporte de los preparados y efectos sanitarios siempre que su volumen y su peso no excedan de los límites establecidos en la legislación vigente.
3)            Atender a las demás relaciones de la Farmacia con las plantas de Enfermería y Departamentos y Servicios de la Institución.
4)            En general, todas aquellas actividades que, sin tener un carácter profesional sanitario, vienen a facilitar las funciones del Médico y de la Enfermera o Ayudante Técnico Sanitario.

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