lunes, 4 de octubre de 2010

Art. 83 - Funciones de los Auxiliares de Enfermería en la Unidad de Rehabilitación

Art. 83 del Estatuto: Las funciones de las Auxiliares de Enfermería en la Unidad de Rehabilitación serán:
1)            El aseo y limpieza de los pacientes.
2)            La limpieza y ordenación del material utilizado en la Unidad, bajo la supervisión del Personal Auxiliar Sanitario Titulado.
3)            Ayudar a dicho personal en la colocación o fijación del paciente en el lugar especial de su tratamiento.
4)            Controlar las posturas estáticas de los enfermos, con supervisión del Personal Auxiliar Sanitario Titulado.
5)            Desvestir y vestir a los pacientes cuando lo requiera su tratamiento.
6)            En general, todas aquellas actividades que, sin tener un carácter profesional sanitario, vienen a facilitar las funciones del Médico y de la Enfermera o Ayudante Técnico Sanitario.

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